Listado de Legislación sobre PRL / SST Ergonomía

Listado de Legislación sobre PRL / SST Ergonomía

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Buenos días:

Hoy os traemos el listado de Requisitos sobre Prevención de Riesgos Laborales aplicables a la Ergonomía. Como novedad, esta vez no solo os dejamos un listado con los requisitos básicos aplicables, sino que además publicamos un listado con los artículos extraídos a modo de ejemplo para aquellos que tienen implantada o están en proceso de implantar la OHSAS 18001 o cualquier norma similar.

Como con los listados anteriores, para el listado genérico debéis tener en cuenta:

  • De cada uno de estos documentos legislativos, hay que extraer los artículos que son de aplicación según vuestros procesos productivos.
  • Sólo aparecen los documentos legislativos nacionales y andaluces, no incluye cualquier otra comunidad autónoma ni la legislación de carácter local. Tampoco incluye directivas ni normas ISO; EN, ni UNE.
  • Puede haber algún documento legislativo completo que no sea de aplicación a vuestros procesos productivos.
  • Puede haber algún documento legislativo que haya sido total o parcialmente derogado, pero suelo dejar alguno de ellos ya que las autorizaciones o trámites pueden haberse realizado cuando esa legislación estaba en vigor, teniendo que tener identificada esa legislación antigua.

Para la primera observación os dejamos el listado a modo de ejemplo con los requisitos aplicables a los procesos productivos de una empresa.

Los anteriores listado sobre PRL los podéis encontrar pinchando en estos enlaces: Listado de Legislación sobre PRL / SST Genérica y Listado de Legislación sobre PRL / SST en Seguridad

También os dejamos los dos archivos para que podáis descargarlos:

Listado Legislación PRL Ergonomía

Listado Legislación PRL Ergonomía Rev 1

Listado Legislación PRL Ergonomía Ejemplo

Pues primero el listado de los requisitos sobre Ergonomía:

Año

Publicación

Órgano emisor

Descripción

1997

BOE 07/08/1997 Ministerio Presidencia REAL DECRETO 1215/1997 de 18/07/1997, Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo

1997

BOE 23/04/1997 Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales REAL DECRETO 488/1997 de 14/04/1997, Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativos al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización

1997

BOE 23/04/1997 Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales. REAL DECRETO 487/1997 de 14/04/1997, Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores

1997

BOE 23/04/1997 Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales. REAL DECRETO 486/1997 de 14/04/1997, Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

1995

BOE 10/11/1995 Jefatura del Estado LEY 31/1995 de 08/11/1995, Prevención de riesgos laborales

1995

BOE 26/09/1995 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo

1995

BOE 29/03/1995 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

1994

BOE 29/06/1994 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

1992

BOE 11/12/1992 Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. **DEROGADA**

1989

BOE 23/05/1989 Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios. **DEROGADA**

1970

BOE 15/10/1970 Jefatura del Estado Instrumento de ratificación del Convenio 127, relativo al peso máximo de la carga que puede ser transportada por un trabajador, de 7 de junio de 1967.

1967

OIT C127 Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo. Convenio, 127 relativo al peso máximo de la carga que puede ser transportada por un trabajador

1957

BOE 26/08/1957 Ministerio Trabajo Decreto de 26 de julio de 1957 sobre Industrias y Trabajos prohibidos a mujeres y menores por peligrosos e insalubres.

 

Y por último el Listado de requisitos sobre Ergonomía con los artículos extraídos a modo de ejemplo:

Año

Publicación

Órgano emisor

Descripción

Artículo aplicable

1997

BOE 07/08/1997 Ministerio Presidencia REAL DECRETO 1215/1997 de 18/07/1997, Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo Art. 3.3. En la utilización de los equipos de trabajo se tendrán en cuenta los principios ergonómicos especialmente en cuanto al diseño del puesto y a las posturas de trabajo adoptadas. En el Anexo se indican aquellas disposiciones mínimas generales.

1997

BOE 23/04/1997 Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales REAL DECRETO 488/1997 de 14/04/1997, Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativos al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización Indica las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para aquellos trabajos con equipos que incluyan pantallas de visualización. Trata los riesgos que pueden derivar en una fatiga visual, física y mental, abordando las obligaciones empresariales relativas a las características del equipo para controlar estos riesgos.

1997

BOE 23/04/1997 Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales. REAL DECRETO 487/1997 de 14/04/1997, Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores Indica las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para aquellos trabajos en que la manipulación manual de cargas entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. Trata de las medidas generales que deben adoptarse para evitar la fatiga corporal inherente al manejo de cargas o pesos.

1997

BOE 23/04/1997 Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales. REAL DECRETO 486/1997 de 14/04/1997, Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo Anexo 1. Parte A. 2. Relativo a los Espacios de trabajo y dimensiones mínimas de los locales y lugares de trabajo para que las condiciones ergonómicas sean aceptables.

1997

BOE 23/04/1997 Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales. REAL DECRETO 486/1997 de 14/04/1997, Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo Anexo I. Parte A. 13. Relativo a los Espacios de trabajo y vías de circulación para que resulten adecuadas cuando son ocupadas por trabajadores minusválidos.

1997

BOE 23/04/1997 Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales. REAL DECRETO 486/1997 de 14/04/1997, Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo Anexo III. Las condiciones ambientales de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia, en cuanto a temperatura, humedad y ventilación.

1997

BOE 23/04/1997 Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales. REAL DECRETO 486/1997 de 14/04/1997, Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo Anexo IV. La iluminación de cada zona o lugar de trabajo se adecuará a las características de la actividad garantizando un adecuado confort visual mediante niveles de iluminación homogéneos y ausencia de deslumbramientos.

1995

BOE 10/11/1995 Jefatura del Estado LEY 31/1995 de 08/11/1995, Prevención de riesgos laborales Art. 15. “Principios de la Actividad Preventiva”, se señala la necesidad de adecuar y adaptar el puesto de trabajo a la persona mediante la adecuada concepción y diseño de los puestos, equipos y métodos de trabajo.

1995

BOE 10/11/1995 Jefatura del Estado LEY 31/1995 de 08/11/1995, Prevención de riesgos laborales Art. 25. “Protección de trabajadores especialmente sensibles” por sus características personales o discapacidad física.

1995

BOE 10/11/1995 Jefatura del Estado LEY 31/1995 de 08/11/1995, Prevención de riesgos laborales Art. 26. Adecuación del puesto o cambio de puesto para aquellas personas que requieran una protección específica (maternidad)

1995

BOE 10/11/1995 Jefatura del Estado LEY 31/1995 de 08/11/1995, Prevención de riesgos laborales Art. 48.4. Son infracciones muy graves la adscripción de trabajadores a puestos de trabajo cuyas condiciones fuesen incompatibles con sus características personales conocidas, permanentes o transitorias, y ello derive un riesgo grave e inminente para su salud.

1994

BOE 29/06/1994 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Art. 123.1. Recargo de prestaciones económicas cuando en el accidente o enfermedad profesional no se hayan observado las medidas generales en cuanto a la adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y demás condiciones del trabajador.

1992

BOE 11/12/1992 Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. **DEROGADA** Art. 1.1. Las máquinas deben diseñarse teniendo en cuenta las variables antropométricas y biomecánicas y los principios ergonómicos al objeto de reducir las posibles molestias y fatigas. En el Anexo se indican aquellos requisitos esenciales de seguridad y salud (entre ellos los que afectan a ergonomía) a cumplir.

1989

BOE 23/05/1989 Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios. **DEROGADA** Establece las medidas mínimas a considerar para garantizar el acceso en los edificios de personas con minusvalías.

1957

BOE 26/08/1957 Ministerio Trabajo Decreto de 26 de julio de 1957 sobre Industrias y Trabajos prohibidos a mujeres y menores por peligrosos e insalubres. Relativo a las prohibiciones en el trabajo, del transporte manual de pesos, a menores de 18 años sean mujeres o hombres, con el fin de adaptar el trabajo a las condiciones psicosomáticas de estos menores.

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